REPARTO DE PRODUCTOS o SERVICIOS EN PROCESOS DE FUSIÓN DE EMPRESAS

Cuando dos empresas están valorando la posibilidad de fusionarse, o bien lo tienen decidido, una de las decisiones a adoptar es qué productos o servicios sigue ofreciendo cada una, en el caso de que coincidan al ofrecerlos de manera individual.

A la hora de realizar dicha elección debemos tener en cuenta distintos aspectos, los cuales se resumen en estos puntos:

  • Margen Bruto por producto.
  • Recurso que marca nuestra capacidad producción (horas-máquina, horas-hombre, etc.).
  • Recurso total disponible durante el periodo de estudio que usamos como referencia.

De este modo, cada una de las empresas implicadas en la fusión debe cuantificar su margen bruto por producto y día, teniendo en cuenta el número de unidades de obra (recurso) que demande dicha producción.

Por ejemplo, las cifras de márgenes brutos de los productos que ofrecen dos empresas que van a fusionarse son las siguientes:

EMPRESA XEMPRESA Y
A20 € / ud  30 € / ud
B  30 € / ud  20 € / ud
C  50 € / ud  40 € / ud

Como la capacidad de las empresas está medida en horas-máquina, cada empresa debe calcular el consumo diario de horas máquina de cada unidad.

Siguiendo con el ejemplo, tenemos que cada una de las empresas consume las siguientes horas-máquina diarias por unidad:

EMPRESA XEMPRESA Y
A10 h-m / Ud.  12 h-m / Ud.
B  8 h-m / Ud.  7 h-m / Ud.
C  5 h-m / Ud.  6 h-m / Ud.

De este modo, multiplicando el margen unitario por el consumo diario de h-m por unidad, tenemos que, el margen bruto por producto y día es el siguiente:

EMPRESA XEMPRESA Y 
A200,00 € / h-m360,00 € / h-m 
B240,00 € / h-m140,00 € / h-m
C250,00 € / h-m240,00 € / h-m

Por tanto, la empresa X asumirá la producción de B y C, mientas que la empresa Y asumirá la de A, siempre y cuando no estén limitadas por su capacidad.

Es decir, la empresa X asumirá la producción total de B hasta que su capacidad la limite. Las unidades de B que no pueda fabricar, las asumirá la empresa Y. Así se debe hacer con cada uno de los productos.

En caso de falta de capacidad por parte de ambas, se debe valorar una subcontratación u otras opciones.

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